viernes, 19 de octubre de 2007

RECLUSIÓN PERPETUA AL CURA VON WERNICH POR VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS - GENOCIDIO

Christian Von Wernich, el ex capellán de la Policía Bonaerense que comandó el general Ramón Camps, fue sentenciado a reclusión perpetua por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar en la Argentina.

En el fallo del Tribunal Oral Nº 1 de La Plata, presidido por el juez Carlos Rozanski, Norberto Lorenzo y Horacio Isaurralde, se encontró culpable al religioso, de todos los delitos por los cuales se lo juzgaba, incluyendo siete homicidios, 31 caso de torturas y 42 privaciones ilegales.
Von Wernich deberá cumplir su condena de 50 años en el penal de Marcos Paz, ubicado en la Provincia de Buenos Aires.

Al ex capellán se le imputó la coautoría en los homicidios calificados de Domingo Moncalvillo, María del Carmen Morettini, Cecilia Idiart, María Magdalena Mainer, Pablo Mainer, Liliana Galarza y Nilda Salomone, secuestrados y asesinados durante la dictadura.
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Durante el juicio, algunos testigos remarcaron que el ex capellán instaba a los detenidos a que dieran información a sus torturadores “en beneficio de dios y de la patria” y para mejorar su condición de alojamiento, como relataron Julio César y Carlos Enrique Miralles, quienes fueron secuestrados en 1977 por fuerzas represivas de la dictadura.

Las querellas y la fiscalía habían pedido, con distintos matices jurídicos, la prisión y reclusión perpetua del primer sacerdote de la iglesia católica juzgado oral y públicamente por delitos de lesa humanidad. En casi tres horas de alegato, la fiscalía general, que encabezan Carlos Dulau Dumm y Felix Crous, pidió ayer la pena de reclusión perpetua para Von Wernich.

El abogado defensor Juan Martín Cerolini había afirmado que el juicio contra el sacerdote “viola el principio de igualdad ante la ley, como los juicios de Nüremberg” y que el cura fue acusado en base a "testimonios livianos”.

Cerolini entendió que este tipo de juicios "está orientado a preferir acusados de relieve que puedan dar relevancia periodística a la investigación, independientemente del grado de participación que hayan tenido o no en algún tipo de delito".

Cerolini aseguró que su defendido "prestaba servicios sacramentales como capellán de la policía" a las personas detenidas durante la dictadura y dijo que esa actividad le permitía al sacerdote "entrar libremente a los centros de detención y comisarías".
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Fabián Ramón González
Director Instituto Derecho Penal
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Juan José Nazareno Eulogio
Secretario Académico Instituto de Derecho Penal
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Para visualizar y escuchar la lectura del veredicto, hacer Clic en el Recuadro de Video

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