Doctrina - Noticias - Juicio por Jurados
Desde el Instituto de Derecho Penal y Política Criminal del Colegio de Abogados de Morón, felicitamos al Dr. Nazareno Eulogio, y aprovechamos la oportunidad para reproducir el comienzo de su trabajo a modo de adelanto.
atte.
Colegio de Abogados de Morón
El Juicio por
Jurados en Neuquén
La ley 2.784, -Nuevo
Código Procesal Penal-, sancionada por la Legislatura de la Provincia del
Neuquén en noviembre pasado, incorpora, entre otras novedades, el Juicio por
Jurados Populares. Dicho procedimiento se implementará en el juzgamiento de algunos
delitos graves. A continuación se enuncian las características, virtudes, y
críticas, de esta nueva forma de participación ciudadana en los actos de
gobierno; y se analiza en lo pertinente, las disposiciones del nuevo código.
Apéndice I: Artículos
de la Constitución Nacional referidos al Juicio por Jurados.
Apéndice II: Artículos
del nuevo Código Procesal Penal del Neuquén -Ley 2.784– referidos al Juicio por
Jurados.
Por Juan José Nazareno Eulogio (*)
“El juicio por jurados es un dogma
para
todo pueblo libre.” Bartolomé Mitre
I.-
Introducción.
Neuquén vive hoy un momento histórico en la vida de sus
instituciones republicanas y democráticas. Se ha convertido en una de las
primeras provincias de la Nación en cumplir fielmente con un importantísimo -pero
relegado- mandato constitucional: la implementación del Juicio por Jurados
Populares...
(*)
Abogado, Especialista en Derecho Penal, Docente y Escritor. Consejero Titular
del Colegio de Abogados de Morón, Pcia. de Buenos Aires. Subdirector del
Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados de Morón. Profesor de Derecho Penal I, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
de la Universidad de Morón.
1 comentario:
Recomiendo:
www.argentinasinjuiciosporjurado.blogspot.com.ar
Saludos!
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