lunes, 2 de julio de 2007

EXTRAÑO FALLO DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DE LA PCIA. DE BS. AS. SOBRE VENCIMIENTO DE PLAZO PARA RESOLVER SITUACIÓN PROCESAL DE UN DETENIDO

Jurisprudencia
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Extracto:
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La sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires – Causa N° 25.062 "K., D. M. S/Recurso de Casación (art. 417 del C.P.P.)", Sentencia del 07 de junio de 2007, dispuso que si bien el vencimiento de los plazos del artículo 158 del C.P.P. sin juez hábil que haya decretado la prisión preventiva debiera llevar siempre a la liberación inmediata del detenido, lo cierto es que ante la provisoriedad de las cuestiones referidas a la coerción personal durante el proceso, junto a la necesidad de evitar la frustración ritual del derecho, impiden suponer que -por el sólo vencimiento de aquellos términos- el imputado obtenga el derecho irrevocable a transitar el proceso en libertad. De allí que en el caso en tratamiento, la situación de ilegitimidad se consideró superada mediante el ulterior dictado del nuevo auto de prisión preventiva que -en última instancia- ha venido a demostrar que aquella trasgresión formal no ha implicado, también, afectación sustancial al derecho a la libertad.
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